Redacción | Los Barrios
En dicha reunión, según el órgano de los trabajadores, ha quedado patente el escaso interés que demuestran tanto la concejal de Personal, Isabel Calvente, como el funcionario con atribución temporal de funciones del puesto de Letrado Técnico de Asesoría Jurídica, Antonio Cánovas, nombrado por decreto de alcaldía, pues a pesar de “reconocer alguna de las discriminaciones detalladas por el Comité de Empresa, este señor se permite el lujo de interpretar como mejor le convenga un artículo de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, concretamente el “Artículo 51. Jornada de trabajo, permisos y vacaciones del personal laboral. Para el régimen de jornada de trabajo, permisos y vacaciones del personal laboral se estará a lo establecido en este capítulo y en la legislación laboral correspondiente”.
Al los miembros del comité, “no nos parece de recibo que los responsables del Departamento de Personal, el único argumento de que disponen sea entregarnos dos documentos donde relacionan los permisos retribuidos del personal funcionario según el EBEP y los permisos del personal laboral según el Estatuto de los Trabajadores, los cuales son sobradamente conocidos por nosotros aunque ellos puedan pensar lo contrario, y diciendo sin más explicación que eso es lo que se aplicará a cada uno según se trate de personal funcionario o laboral”.
Desde el Comité, “lamentamos que una vez más que se nos venga a ningunear y a obligarnos a acudir a los juzgados gastando una vez más el dinero de los 24.000 ciudadanos en abogados externos y recursos para que se reconozcan los derechos que nos asisten, y posteriormente acusarnos de judicializar nuestro Ayuntamiento. Sr. Letrado, con sus interpretaciones creemos que ha obviado usted El Estatuto básico del empleado público que es aplicable al personal laboral en virtud del artículo 7 que indica que: “El personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas se rige, además de por la legislación laboral y por las demás normas convencionalmente aplicables, por los preceptos de este Estatuto que así lo dispongan.”.
Para finalizar, este Comité de Empresa se reserva su derecho a emprender acciones tanto contra el Ayuntamiento de Los Barrios como “contra cualquier asesor o funcionario que consienta la vulneración de los derechos de los trabajadores”.